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Reglas sobre el capital y las acciones

Al realizar las emisiones de acciones se presentarán estas en diversas clases pueden ser en ordinarias o preferentes, y los derechos de cada que se pretende ser modificados, no podrán ser realizados sin consentimiento de los accionistas.

Cuando se presente aumento en el capital, los accionistas podrán tener derecho del mismo en relación a la proporción de sus acciones, en el caso de ser por numerario o compensación de créditos todos los accionistas podrán participar del aumento y suscribir nuevas acciones. Cuando el aumento de capital se hiciera con aplicación a cuentas patrimoniales, los accionistas podrán gozar del derecho de atribución y el mismo podrá cederse o negociarse mediante un documento escrito por las partes intervinientes.

 Las acciones de las Sociedades por Acciones y los Certificados de preferencias no son sujetas a negociar en el Mercado de valores.

Bibliografía:

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2020-0015

Superintendencia de Compañías (2021). “Guía de constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas”. Recuperado de: https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societario/cons_sas/SAS.pdf 

Superintendencia de Compañías (2021). “Constitución Electrónica de Sociedades por Acciones Simplificadas”. Recuperado de: https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societario/cons_cesas/CONSTITUCION_ELECTRONICA_SAS.pdf.

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